La solicitud puede presentarse a través de:
- Registro telemático– ayudasautonomosmadrid.com
- Registro Presencial:
Cámara de Comercio, industria y Servicios de Madrid
Plaza de la Independencia, 1
28002 Madrid
Horario: De lunes a viernes de 9 a 14 horas
Si soy beneficiario de subvención debo dar la publicidad adecuada al carácter público de la financiación de la actividad, inversión o actuación objeto de la presente subvención según lo previsto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
En este sentido, en los casos que sea posible por contar con un local físico, deberá incluirse la imagen institucional del Ayuntamiento de Madrid en un cartel de tamaño mínimo A4, que debe ponerse en un sitio visible a la entrada de este, con un texto en el que se identificará al beneficiario indicando que ha recibido una ayuda del Ayuntamiento de Madrid para la anualidad 2024, con base en su condición de autónomo, mencionando la línea para la cual se ha conseguido la subvención. En su caso, la subvención también se publicitará en páginas web u otros medios digitales.