- Solicitud para presentaciones presenciales: Descargar esta solicitud
- Solicitud debidamente cumplimentada.
- Sólo en el caso de no oponerse a la consulta de la vida laboral en la solicitud de la ayuda, deberá de aportarse el Informe de vida laboral de la persona solicitante, con el objetivo de acreditar el alta en Régimen especial de trabajadores autónomo, emitido con fecha igual o posterior al Decreto de aprobación de esta convocatoria. Este informe puede obtenerse en la siguiente dirección electrónica: Categorias (seg-social.gob.es)
- Para acreditar que se ha iniciado la actividad con anterioridad al año 2023 y 2022 para la línea 1 y 2 respectivamente en la ciudad de Madrid: “Certificado de situación censal” de la persona solicitante expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, emitido con fecha del Decreto de aprobación de esta convocatoria o posterior, para comprobar el alta en actividades económicas, el domicilio fiscal o la sede donde se desarrolla la actividad. Este informe puede obtenerse en la siguiente dirección electrónica: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/G313.shtml
- Sólo en el caso de no haberse autorizado la consulta en la solicitud de subvención: certificados de estar al corriente del pago en las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con la Seguridad Social. No se admitirán certificados expedidos para materias distintas de las subvenciones como los que habilitan para contratar con las Administraciones Públicas.
- Sólo en el caso de no haberse autorizado la consulta en la solicitud de subvención: certificado de estar el corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid. No se admitirán certificados expedidos para materias distintas de las subvenciones.
- Certificado de ayudas de minimis obtenidas en los tres últimos ejercicios. Este certificado puede obtenerse en la siguiente dirección electrónica:https://webpub2.igae.hacienda.gob.es/accesoremoto/frmExecAPP.aspx?code=BDNSCRT&TA=ANO
En el caso de que la solicitud se realice por medio de representante, acreditación de la representación mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, conforme a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para la Línea 1 de relevo generacional, a la anterior documentación se añadirá:
- Contrato de compraventa o de cesión suscrito en 2021, 2022 o 2023.
- Justificante/s del pago del precio. Se deberán justificar aquellos pagos que se hayan realizado hasta la fecha de aprobación del presente Decreto de convocatoria, mediante:
- Transferencia bancaria, talón o cheque. En cualquier caso, se aportará copia del extracto bancario donde aparezca el movimiento. Se deberá poder identificar el importe, fecha del cargo y concepto.
- Efectivo. Solo se admitirá el pago en metálico de importes inferiores a 600 euros. Se justificará mediante recibí firmado por el acreedor.
- Declaración responsable del adquiriente de que el traspaso se ha producido por jubilación/incapacidad del anterior titular.
Para la Línea 2 de creación de empleo, a la documentación común se añadirá:
- Informe de plantilla media de trabajadores en alta del año 2022. Se solicitará para el periodo 1 de enero a 31 de diciembre de 2022.El citado informe se puede obtener en la sede electrónica de la Seguridad Social https://sede.seg-social.gob.es/
- Informe de plantilla media de trabajadores en alta del año 2023. Se solicitará para el periodo 1 de enero a 31 de diciembre de 2023.El citado informe se puede obtener en la sede electrónica de la Seguridad Social https://sede.seg-social.gob.es/
- Documentación justificativa del contrato indefinido: copia del contrato y Relación Nominal de Trabajadores (RNT) correspondiente a enero de 2024.