El formulario de solicitud formulario deberá presentarse:

  1. Electrónicamente, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, debiendo utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
    Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  2. Presencialmente, en el registro de la sede corporativa de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid (Plaza de la Independencia, 1, 28001 Madrid), en horario de 09:00 a 14:00 horas o en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid (sin perjuicio de que también pueda presentarse de las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Puede informarse llamando al teléfono 010 (Línea Madrid). Si llama desde fuera de la ciudad, marque el 914 800 010 o el 910 770 999.

  • Solicitud para presentaciones presencialesDescargar esta solicitud
  • Solicitud debidamente cumplimentada.
    1. Sólo en el caso de no haberse autorizado en la solicitud de subvención: Informe de vida laboral de la persona solicitante emitido con fecha igual o posterior al Decreto de aprobación de esta convocatoria, para comprobar las fechas de alta en RETA y, en su caso, no haber estado dado de alta en los cinco años anteriores.
      Este informe puede obtenerse en la siguiente dirección electrónica: https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Categorias/Vida+laboral+e+informes/Informes+sobre+tu+situacion+laboral/Informe+de+tu+vida+laboral.
    2. Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT” de la persona solicitante expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, emitido con fecha del Decreto de aprobación de esta convocatoria o posterior, para comprobar el alta en actividades económicas, el domicilio fiscal o la sede donde se desarrolla la actividad.
      Este informe puede obtenerse en la siguiente dirección electrónica: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/G309.shtml
    3. Sólo en el caso de no haberse autorizado la consulta en la solicitud de subvención: certificados de estar al corriente del pago en las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con la Seguridad Social. No se admitirán certificados expedidos para materias distintas de las subvenciones como los que habilitan para contratar con las Administraciones Públicas.
    4. Sólo en el caso de no haberse autorizado la consulta en la solicitud de subvención: certificado de estar el corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid. No se admitirán certificados expedidos para materias distintas de las subvenciones.
    5. Acreditación del poder de representación del firmante de la solicitud en caso de que dicha solicitud se haya presentado, actuando como representante, por persona distinta de la entidad interesada.
    6. Declaración responsable de no hallarse incurso en las prohibiciones a que se refieren los artículos 13.2 y 13.3 de la LGS para obtener la condición de beneficiario.
    7. Declaración responsable de hallarse al corriente de obligaciones por reintegro de subvenciones.
    8. Declaración responsable de no tener pendiente de justificación ninguna subvención otorgada por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos.

Los requisitos recogidos en los puntos del g) al i) se acreditarán mediante declaración responsable incluida al efecto en el formulario de solicitud.

  1. Para la Línea 1 de relevo generacional, a la anterior documentación se añadirá:
    1. Contrato privado o escritura pública de constitución de la comunidad de bienes o sociedad civil en el que conste la distribución de la participación entre sus componentes.
    2. Escritura de constitución de las sociedades unipersonales.
    3. Contrato de compraventa, traspaso, cesión, arrendamiento o cualquier otra opción válida en derecho que certifique el cambio de titularidad del negocio, suscrito en 2025.
    4. Justificante tramitado ante el Ayuntamiento de Madrid del cambio de titularidad del título habilitante urbanístico (licencia o declaración responsable) que autorizó la actividad.
    5. Declaración responsable del transmitente, u otra documentación acreditativa, de que, en su caso, el traspaso se ha producido por jubilación/incapacidad/fallecimiento.
  2. Para la Línea 2 de creación de empleo, junto con la solicitud y la documentación común para ambas líneas, la documentación a aportar es la siguiente:
    1. Informe de plantilla media de trabajadores en alta del año 2024. Se solicitará para el periodo 1 de enero a 31 de diciembre de 2024.El citado informe se puede obtener en la sede electrónica de la Seguridad Social https://sede.seg-social.gob.es/
    2. Informe de plantilla media de trabajadores en alta del año 2025. Se solicitará para el periodo 1 de enero a 31 de diciembre de 2025.
      El citado informe se puede obtener en la sede electrónica de la Seguridad Social https://sede.seg-social.gob.es/
    3. Documentación justificativa del contrato indefinido: copia del contrato y Relación Nominal de Trabajadores (RNT) correspondiente a enero de 2026.
    4. Declaración responsable de que la suma de las subvenciones recibidas por haber contratado al trabajador o trabajadores, incluida la del Ayuntamiento de Madrid, no excede al salario bruto abonado durante 2025 al trabajador o a los trabajadores que dan derecho a recibir la subvención de la línea 2.
  3. Para la línea 3 de nuevas altas:
    1. En su caso, documentación acreditativa de que la actividad se desarrolla en un local.