¿Cuáles son los pasos que deben seguirse?

A continuación, detallamos los pasos a seguir para realizar el proceso de manera exitosa. Sigue las instrucciones cuidadosamente y no dudes en ponerte en contacto con nosotros si necesitas más información.

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Solicitar ayuda online o presencial

La solicitud podrá presentarse, junto con la documentación requerida en esta convocatoria, de forma electrónica, accediendo a la web www.ayudasautonomosmadrid.com o desde la página web en la que nos encontramos ahora. En este caso, deberá utilizarse alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

Puesto que los solicitantes sólo pueden ser personas físicas, en caso de no contar con los medios necesario podrá optar por presentar la solicitud de manera presencial en el registro de la sede corporativa de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid (Plaza de la Independencia, 1, 28001 Madrid).

Consultar y descargar documentación necesaria para la presentación presencial.

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Documentación necesaria

La solicitud presentada por las personas interesadas en participar en la presente convocatoria deberá ir acompañada de la documentación.

Puedes consultar la documentación que necesitas presentar en preguntas frecuentes.

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Resolución

El órgano competente para la concesión de las subvenciones es el titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, quien resolverá, de forma motivada, la concesión o denegación de las subvenciones previstas en esta convocatoria.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de dos meses. Dicho plazo empezará a contar a partir del último día de presentación de instancias. Transcurrido dicho plazo sin que hubiera recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la candidatura presentada, por silencio administrativo.